Cremación de restos para fallecidos ya sepultados

La incineración de restos en el Crematorio de Concepción, requiere una serie de documentos y autorizaciones notariales, para así, cumplir lo estipulado y reglamentado por la SEREMI de Salud, mediante el departamento de saneamiento ambiental, y por el Reglamento General de Cementerios.
A continuación, le guiaremos en el paso a paso para realizar este trámite en el Cementerio General de Concepción.
- Certificado de defunción con causa de muerte (emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación de Chile) del fallecido(a) que se desea exhumar e incinerar.
- Copia de cédula de identidad del fallecido(a), si hubiere.
- Si el solicitante responsable del trámite es el cónyuge del fallecido: Certificado de matrimonio.
- Si no existe cónyuge sobreviviente del fallecido(a): Declaración jurada frente a notario, donde deberá establecer el parentesco de quien hace la solicitud, estado civil de la persona fallecida, descendencia y/o ascendencia (considere que los que autorizan son el 50 % más uno) y que se desconoce la existencia de otros familiares, liberando de toda responsabilidad a la autoridad sanitaria y al Cementerio de toda omisión no declarada en el documento.
- Copia de cédula de identidad del solicitante responsable del trámite.
- Todos los documentos que respalden lo declarado en el poder notarial (certificados de defunción de familiares respectivos, certificados de matrimonio, certificados de nacimiento, etc.).
- En caso de que el fallecido(a) a exhumar e incinerar se encuentre inhumado en una sepultura de carácter familiar, dicha exhumación debe encontrarse autorizada por el o los propietarios(as) de la sepultura.
- De encontrarse fallecido(s), se debe preentar su certificado de defunción y la autorización corresponde al cónyuge legal de la persona propietaria. Se debe adjuntar certificado de matrimonio.
- De estar ambos fallecidos (porpietario y cónyuge), o si la persona propietaria hubiera sido soltera, se debe realizar una declaración notarial donde deberá establecer el parentesco de quien hace la solicitud, estado civil de la persona fallecida, descendencia y/o ascendencia (considere que los que autorizan son el 50 % más uno) y que se desconoce la existencia de otros familiares, liberando de toda responsabilidad a la autoridad sanitaria y al Cementerio de toda omisión no declarada en el documento.
- Deben adjuntarse todos los documentos que respalden lo declarado en la autorización notarial (certificados de defunción de familiares respectivos, certificados de matrimonio, certificados de nacimiento, etc.).
- En el caso hipotético de que la persona que se desea exhumar e incinerar se encuentre inhumada en una sepultura con más personas fallecidas sobre ella, deberá procederse a la reducción o a los movimientos de urna correspondientes.
- Para realizar ingreso de su solicitud en el Cementerio General de Concepción, debe contactar al celular +56958173138, vía telefónica o WhatsApp, para coordinar la fecha de ingreso de la solicitud y firma de documentos.
- No se recibirán solicitudes que no presenten toda la documentación requerida. Para gestionar el trámite, será necesario presentar todo lo reglamentariamente dispuesto.
- Si aún tiene dudas, puede contactarnos
- +56958173138
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