¿Qué hacer en caso
de un fallecimiento?

Estamos para acompañarte en cada momento

Sabemos que en medio del duelo, la necesidad de tomar decisiones y realizar trámites puede resultar confusa.

Nuestro compromiso es acompañarle y brindarle la claridad que necesita. Es por ello que en esta sección, hemos organizado una guía paso a paso para orientarle sobre los aspectos legales, administrativos y ceremoniales que debe considerar.

Queremos que se sienta apoyado, permitiéndole enfocarse en lo más importante: honrar la memoria de quien hoy parte y vivir su proceso en paz.

 

A continuación podrá conocer ambos servicios disponibles en el Cementerio General de Concepción:

Cremación de fallecidos

La Cremación Necesidad Inmediata es un servicio de incineración individual y cumple un proceso de alta rigurosidad, normado en nuestro caso, por la SEREMI de Salud región del Biobío y de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Reglamento General de Cementerios.

Todos los servicios del Crematorio de Concepción incluyen:

  • Ánfora nacional de cobre
  • Recepción de fallecidos las 24 horas.
  • Amplio y exclusivo estacionamiento
  • Templo ceremonial
  • Salones velatorios.
  • Sala de estar.
  • Maestra de ceremonia.
  • 6 días en Cámara de conservación.

» Certificado Médico de Defunción (Fotocopia)
» Cédula de Identidad del fallecido (Fotocopia)
» Autorización de Sepultación (Registro Civil Original)
» Certificado de Defunción (Registro Civil Original)
» Declaración jurada (notarial) hecha en vida indicando deseo de ser cremado, o autorización del cónyuge, (acreditar con certificado de matrimonio), de no existir este; la mayoría de los hijos vivos o el familiar más directo.
» Fotocopia Cédula de Identidad de quien solicita la cremación.
» Autorización de traslado (Servicio Salud), solo para casos de procedencia fuera de la Ciudad de Concepción.
» Autorización del Tribunal Competente, en el caso de fallecimientos que estén en conocimiento de La Justicia.
» Resolución de la Seremi de Salud de Concepción u otra ciudad de este país, quién deberá autorizar el servicio de cremación.

  • Efectivo
  • Tarjeta de Débito
  • Tarjeta de Crédito (hasta 12 cuotas sin interés)
  • Vale vista
  • Transferencia bancaria

Sepultación de fallecidos

La Sepultación Necesidad Inmediata es un servicio de inhumación en sepultura temporal o familiar. Este proceso se encuentra íntegramente regulado por la SEREMI de Salud de la Región del Biobío y cumple con todas las disposiciones legales vigentes establecidas en el Reglamento General de Cementerios.

Antes de asistir al Cementerio General de Concepción, usted debe:

  • Obtener Certificado Médico de Defunción
  • Contratar servicio funerario
  • Efectuar la inscripción del fallecimiento en el Registro Civil, para obtener la Autorización de Sepultación (Generalmente, el servicio funerario contratado se encarga de realizar este trámite)
  • Cédula de identidad del fallecido
  • Autorización de Sepultación emitida por el Registro Civil, en original
  • Copia del Certificado Médico de Defunción
  • Libreta de Familia del fallecido para inscribir la defunción (No es obligatorio)

Acreditar filiación con el propietario de la sepultura o presentar autorización notarial emitida por este.

Para efectos de demostración de derechos, será necesario acreditar filiación mediante la documentación respectiva (Certificados de nacimiento, de matrimonio, entre otros), según lo establecido en el Reglamento General de Cementerios.

Debe definir la compra o arriendo de una sepultura al momento de realizar el tramite de sepultación en nuestro Cementerio. En caso arriendo temporal, este puede ser de corto o largo plazo, ya sea en tierra o nicho.

  • Efectivo
  • Tarjeta de Débito
  • Tarjeta de Crédito (hasta 12 cuotas sin interés)
  • Vale vista
  • Transferencia bancaria